La carbonera AES y la mitomanía corporativa
(Por Víctor Alvarado Guzmán Comité Diálogo Ambiental) Durante mis estudios universitarios en Psicología, nos tocó analizar a profundidad diversos trastornos compulsivos. Entre ellos, la denominada “mitomanía”, un desorden que impulsa a personas a mentir sistemática, consciente y compulsivamente para conseguir un beneficio o cambiar la realidad.
Con ejemplos como los que describiré a continuación, sin embargo, la Academia debería considerar la posibilidad de integrar otra variante a esta gama de trastornos: la “mitomanía corporativa”.
Según ejecutivos de la carbonera AES en Guayama, las cenizas de carbón hidratadas -o su eufemística versión comercial a la que han llamado Agremax- son un agregado de construcción o producto que se puede utilizar beneficiosamente.
No obstante, para el pasado presidente de la Junta de Calidad Ambiental (JCA), Weldin Ortiz Franco, se trata de una “basura” que "se debería sacar con palas mecánicas" de todos los lugares donde han sido descartadas miles de toneladas, como declaró ante el país y el Senado de Puerto Rico el pasado 30 de diciembre. Incluso, en aquella interpelación realizada por senadores, el exfuncionario hasta insinuó que AES nos engañó a todos al proclamar que ese material era un agregado, cuando en realidad era, es y seguirá siendo un desperdicio sólido de composición tóxica y propiedades contaminantes.
De paso, aquí conviene aclarar que mentir no se circunscribe únicamente al acto de proclamar como cierto algo que no lo es. También ocultar la verdad o manipular datos con el oscuro fin de perpetuar ideas falsas puede considerarse otra variante de la "mitomanía".
Vean, por ejemplo, el caso del desastre ambiental, agrícola y de salud pública que provocaron las 27 mil toneladas de cenizas tóxicas que AES Guayama abandonó durante cuatro años en el municipio costero de Arroyo Barril en la República Dominicana.
Este bochornoso suceso, este crimen de lesa humanidad, no ocurrió para el presidente de AES Puerto Rico, el ingeniero Manuel Mata. Según declaró recientemente ante el Senado de Puerto Rico, un informe de la Procuraduría Para la Defensa del Medioambiente y los Recursos Naturales del Gobierno de la República Dominicana derrotaba "toda la teoría" de los alegados daños causados en ese país. Dicho informe, emitido el 26 de abril de 2004, determinó además que las cenizas de AES no son tóxicas, como recalcó el ingeniero.
En su ponencia ante los senadores, sin embargo, Manuel Mata obvió un “pequeño detalle”. Como reseñara el periodista Omar Alfonso, del periódico La Perla del Sur y el Centro de Periodismo Investigativo, el informe que el ingeniero Mata compartió con los senadores fue invalidado meses más tarde por el entonces Procurador para la Defensa del Medio Ambiente de República Dominicana, Andrés Chalas Velázquez.
Pero eso no es todo. Tampoco fue cierta su alegación de que la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) declaró el desecho de AES como "inocuo" o "no tóxico". Como evidencian estudios elaborados por el Instituto de Química de la UASD y de la Academia de Ciencias de la República Dominicana del 2004, publicados junto con el reportaje investigativo, el denominado rockash o desecho de AES fue declarado “tóxico por su clasificación, por su contenido de metales pesados y contaminante por su ubicación y manejo”.
El informe que el ingeniero Mata levantó ante el Senado el pasado 28 de febrero, incluso, fue desacreditado hasta por los jueces de la Suprema Corte de Justicia de República Dominicana. ¿La causa? Porque ignoró “totalmente” que el rockash era “una basura radioactiva o desecho industrial que degradó el medio ambiente de Samaná” y que por haber sido depositado en un sitio próximo al mar provocó “graves perjuicios para la fauna marina y el medio ambiente que le rodeaba”.
Desmentido el presidente de AES, tras el descubrimiento de las pruebas que ocultó al Senado de Puerto Rico, ¿cuál fue la respuesta de la empresa? Adivinen: la “mitomanía corporativa” volvió al ataque.
En lugar de admitir la prueba irrefutable, su propagandista de turno, el relacionista público Julio Sainz de la Maza, envió una rara versión de comunicado de prensa donde intentó vanamente desacreditar los hallazgos y aseguró que: “En las paginas 18 (final) y 19 de la decisión de la Corte Suprema de RD se indica lo siguiente: “ciertamente la sustancia rockash ha sido excluida de la lista de desechos peligrosos, conforme a la Agencia para la Protección del Medio Ambiente de Estados Unidos (EPA), y de ahí las conclusiones de los análisis de los laboratorios ubicados en dicho país”.
Pero, como en todo trastorno de "mitomanía", el relacionista público también omitió información vital, con tal de conseguir su beneficio.
Como se evidencia en el mismo párrafo del documento que reprodujo "a medias" el Sr. Sainz, también la Corte Suprema señaló:
1. Que todo juzgador debe ponderar las pruebas presentadas en el juicio conforme a las reglas de la sana crítica, observar las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia común; en ese orden, la libre convicción de las pruebas no es ilimitada, y la apreciación del resultado probatorio no es aislada ni fragmentaria sino comprender cada uno de los elementos de prueba en su conjunto.
2. Que de la lectura de la sentencia atacada se revela que el tribunal de fondo se limitó solamente al aspecto de la toxicidad del material, sin ponderar de manera objetiva toda la prueba documental acreditada y la prueba testimonial presentada por la acusación.
3. Que el tribunal de primer grado por un lado hizo una incorrecta valoración no solamente del informe de la Academia de Ciencias de la República Dominicana y la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, sino de toda la prueba documental y testimonial aportada.
Por estas deficiencias, los jueces de la Suprema Corte ordenaron que se realizara un nuevo juicio sobre todo lo ocurrido en Arroyo Barril y, como resultado, quien permitió la entrada al país de esta “basura radioactiva” fue condenado a seis meses de prisión y una multa equivalente a $1.2 millones.
¿Quién induce a error? ¿Quién oculta la verdad?
Pero la “mitomanía corporativa” está arraigada a varios niveles dentro de la carbonera AES. Por eso, nunca piensan decir la verdad, sino cómo ocultar la verdad.
Por ejemplo, los portavoces de la AES aluden reiteradamente a una investigación cameral del año 2007, realizada por la Comisión del Sur (RC 305-2007) que entonces timoneaba el representante Jorge L. Ramos Peña.
Sobre esa Comisión, el ingeniero Manuel Mata ha dicho que la misma “realizó sus propios estudios, pruebas y análisis independientes, concluyendo que el AGREMAX no es ni tóxico ni peligroso”. Pero, como es de esperar de todo "mitómano corporativo", nunca ha reconocido que:
1. La Comisión del Sur utilizó el Laboratorio “Pace Analytical”, localizado en San Germán, para realizar las pruebas a las cenizas de carbón de AES, mediante el método Toxicity Characteristic Leaching Procedure (TCLP). Aunque la prueba es avalada por la EPA, la propia agencia federal admitió en una carta a la JCA del 16 de julio de 2012, que la TCLP podría subestimar el potencial de lixiviación de componentes peligrosos del reúso de las cenizas de carbón. O sea, que la prueba no es confiable para determinar la toxicidad de las cenizas.
2. El informe de la Comisión del Sur en el 2007 también utilizó información selectiva que fue invalidada en corte por el Procurador para la Defensa del Medio Ambiente de República Dominicana en el 2004, como explicamos previamente.
3. Y que en el año 2010, el propio representante Jorge Ramos Peña, intentó sin éxito que Puerto Rico adoptara un reglamento sobre la utilización de los productos derivados de la combustión de carbón. Como consta en el récord legislativo, su propuesta fue rechazada por la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales del Senado, entre otras cosas, porque el método TCLP no es necesariamente el más apropiado para extraer contaminantes de las cenizas. Además, porque se objetaron las premisas establecidas en el proyecto, por falta de fundamento y por la ligereza con que se definen los “usos beneficiosos” de los productos de la combustión del carbón (Informe Negativo de la RC de C 877 del 24 de junio de 2012).
De hecho, esa Comisión del Senado concluyó “que hasta que se lleven a cabo los estudios que nos permitan entender mejor el comportamiento potencial de este material bajo distintas condiciones ambientales (físico-químicas), creemos prudente que tales usos deben ser suspendidos”.
Inmensa montaña de cenizas tóxicas de carbón en el patio trasero de la carbonera AES (foto: 5 de abril de 2017)
Pero AES, su presidente en Puerto Rico ni sus asesores lo admiten, ni quieren que se sepa.
Y la obsesión corporativa por ocultar la verdad no acaba allí. Se manifiesta de muchas formas, como demostró recientemente el abogado corporativo Pedro Reyes Bibiloni, quien en una colaboración para el periódico El Vocero, titulada “Residuos de combustión de carbón: recurso seguro”, vertió su opinión sobre lo beneficioso que es el uso de las cenizas de carbón y sobre la desinformación destructiva y alarmista, a juicio suyo, de aquellos que mueven sus causas propias.
Justo para esa columna, el abogado Reyes Bibiloni se identificó como exdirector de la División Legal de la Junta de Calidad Ambiental. Sin embargo, selectivamente, olvidó mencionar a los lectores que lleva más de 20 años facturando como abogado de la carbonera AES.
¿Quién entonces mueve causas propias?
Podríamos mencionar muchísimas acciones, expresiones u omisiones adicionales, como el irresponsable predicamento de que las cenizas de carbón contienen los mismos ingredientes que las vitaminas que tomamos todas las mañanas, solo para demostrar que en la carbonera AES más de uno experimenta episodios de “mitomanía corporativa”. Pero no es necesario: como pasa con todo mitómano, cuando las personas descubren sus mentiras, ya nadie le cree.
Ya lo proclamó Abraham Lincoln: “Podrás engañar a todos durante algún tiempo; podrás engañar a alguien siempre; pero no podrás engañar siempre a todos”.