top of page

Radican “injunction” en el Tribunal de Primera Instancia para garantizar derecho al voto a 167 jóven

San Juan- Por primera vez en la historia política puertorriqueña, sobre 167 jóvenes afiliados al Partido Nuevo Progresista (PNP) y delegados de la Organización de la Juventud PNP (OJPNP) radicaron un “injuction” solicitando el auxilio del Tribunal de Primera Instancia de San Juan para que se les permita ejercer su derecho al voto en la primaria para la presidencia estatal de la Juventud Progresista que se llevará a cabo este próximo sábado, 2 de marzo. Estos jóvenes son miembros del Directorio estatal de la organización y de las juntas regionales. El pasado fin de semana, un grupo de expresidentes de la Juventud PNP rechazaron la determinación del secretario general de la colectividad, Rafael “June” Rivera, quien decidió restringir el derecho al voto de los jóvenes que pertenecen al Directorio y a las juntas regionales de la OJPNP. “El derecho al voto es fundamental para que la democracia funcione. Por esa razón, para nosotros es muy lamentable que tengamos que recurrir al Tribunal para que nuestro Partido -el mismo que Don Luis Ferré fundó como un instrumento de puertas abiertas para la juventud- revierta el restringir a jóvenes ese derecho a participar como delegados con derecho al voto en una elección interna”, indicó el candidato a la presidencia estatal de la Juventud del PNP, Willer Vélez. Puntualizó que “la decisión arbitraria del Secretario General del PNP se distancia por completo de los fundamentos de nuestra colectividad. Nosotros aspiramos a convertirnos en el estado 51 de la nación más democrática en el mundo donde se garantiza el voto libre a sus ciudadanos. En este hemisferio, solo en Venezuela es donde se interpretan las leyes y reglamentos de manera acomodaticia para anular y privar del voto a los ciudadanos”. Según se desprende del “injuction”, el Reglamento del PNP delega la estructura organizacional de la OJPNP en el Reglamento Interno de la Juventud Progresista. El Reglamento Interno de la Organización, que no tiene cláusula de caducidad o término de vigencia, establece quienes conforman el Directorio y las Juntas Regionales. De la misma manera, les otorga a cada uno de los miembros del Directorio y las Juntas Regionales voz y voto ante la Asamblea General de la Organización de Juventud Progresista. Por todo lo cual los miembros de del Directorio y de las Juntas Regionales tienen Derecho al voto en la Asamblea. Según el escrito, el miércoles, 16 de enero de 2019, se cumplió el término de 45 días antes de la Asamblea General para que Rivera Ortega tuviera disponible la lista de delegados previamente certificada que no podrían ser sustituidos. Sin embargo, alegan esperó a las altas horas de la noche del 19 de febrero de 2019 para notificar una determinación que resulta en enmendar las listas de delegados con derecho al voto en la Asamblea General. “El PNP no puede permitir que la juventud puertorriqueña tenga una impresión equivocada sobre lo que nuestra colectividad podría representar en el futuro. Este Partido tiene que mantener los postulados de inclusión y participación, principalmente para la Juventud, que representa el futuro de la lucha estadista y del PNP”, sostuvo Vélez. Indicó que espera este asunto pueda resolverse cuando antes de acuerdo a derecho.


bottom of page